La Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Escuela Superior de Ingeniería Informática de Albacete, de acuerdo con la nueva redacción del artículo 6, sobre transferencia y reconocimiento de créditos, del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y en su modificación dada por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, ha establecido el siguiente RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS en el Grado en Ingeniería Informática, para los estudiantes de Ciclos Formativos de Grado Superior:
Podrá ser reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial (salvo los correspondientes al Trabajo Fin de Grado), los créditos cursados en Ciclos Formativos de Grado Superior, siempre que dicha formación esté relacionada con las competencias inherentes al Título de Graduado en Ingeniería Informática por la UCLM, y con el límite máximo que marca el RD 861/2010. Para el curso académico 2013/14 y posteriores, las tablas de reconocimiento de créditos automática entre los Ciclos Formativos de Grado Superior (afines a Informática) y el Grado en Ingeniería Informática de la UCLM son las siguientes:
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